Micelio
Auto30 de marzo de 2022

A- de 2022

Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera

Tema · dato duro
Proceso Donde Se Pretende El Reconocimiento Y Pago De La Prestación Humanitaria Para Las Víctimas Del Conflicto Armado.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Conflictos sobre sistema de seguridad social integral según cláusula general de competencia
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Veinticinco Laboral de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Administrativo del Circuito, Sección Segunda, de la misma ciudad.

La controversia entre los precitados despachos tuvo su origen en la demanda ordinaria laboral que interpuso un ciudadano en contra de Colpensiones, solicitando el reconocimiento y pago de la pensión de invalidez por causa del conflicto armado; al igual que el reconocimiento de las mesadas adicionales de junio y diciembre, los correspondientes intereses moratorios y la indexación de las mesadas, las agencias en derecho y las costas procesales.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluyó que el mencionado proceso debe ser conocido por la jurisdicción ordinaria laboral, de conformidad con el numeral 4 del artículo 2 del CPTSS, por tratarse de una prestación relacionada con la seguridad social.

Con base en lo anterior se ordenó el envío del expediente al Juzgado Veinticinco Laboral de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Veinticinco Laboral de Bogotá y el Juzgado Diecinueve Administrativo del Circuito de Bogotá, Sección Segunda, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado Veinticinco Laboral de Bogotá es la autoridad competente para conocer la demanda instaurada por Edgar Quintero Perdomo en contra de Colpensiones.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-960 al Juzgado Veinticinco Laboral de Bogotá para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado Diecinueve Administrativo del Circuito de Bogotá Sección Segunda.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.